El juzgado salmantino considera que los hechos ocurrieron fuera del ámbito de la Escuela Taurina y a través de Instagram, y destaca que el centro separó a los menores cuando tuvo conocimiento de la situación
El juez desvincula a la Escuela Taurina de los contactos sexuales entre dos alumnos por Instagram
El juzgado salmantino considera que los hechos ocurrieron fuera del ámbito de la Escuela Taurina y a través de Instagram, y destaca que el centro separó a los menores cuando tuvo conocimiento de la situación
La sentencia del Juzgado de Menores de Salamanca que condena a un menor por mantener conversaciones de contenido sexual y pedir fotografías íntimas a una niña de 12 años dedica una parte relevante a analizar el papel de la Escuela Taurina de Salamanca y la posible responsabilidad de la Diputación Provincial.
El juez concluye que no puede atribuirse responsabilidad civil a la Diputación por los hechos, pese a que el menor condenado y la víctima eran compañeros en la Escuela Taurina de Salamanca.
La resolución considera determinante que las conversaciones que dieron lugar a la condena se produjeron a través de Instagram y fuera del ámbito de la escuela taurina.
Según recoge la sentencia, el condenado y la menor se conocían porque ambos eran alumnos y compañeros en la Escuela Taurina de Salamanca.
El contacto entre ellos, sin embargo, continuó posteriormente a través de Instagram. Fue en esta red social donde, según los hechos que el juez considera probados, el menor comenzó a mantener conversaciones de contenido sexual con la niña, a sabiendas de que tenía 12 años, y llegó a solicitarle fotografías de carácter íntimo.
La sentencia establece que estas conductas no se desarrollaron dentro de la escuela ni en el marco de las actividades organizadas por esta, sino fuera de ese ámbito y utilizando una red social.
Esta circunstancia resulta fundamental para el juez a la hora de valorar la reclamación de responsabilidad civil contra la Diputación Provincial de Salamanca.
La resolución también recoge la actuación de la Escuela Taurina una vez que tuvo conocimiento de la situación.
Según señala el juez, el centro tomó medidas para evitar que ambos menores coincidieran en las clases, procediendo a separarlos dentro de la actividad formativa.
La sentencia tiene en cuenta esta actuación al analizar la posición de la institución frente a los hechos investigados.
El juzgado considera que no puede establecerse una responsabilidad civil de la Diputación por una conducta que se desarrolló fuera del ámbito de la escuela y mediante comunicaciones privadas a través de Instagram.
De este modo, el hecho de que los dos menores fueran compañeros de la Escuela Taurina de Salamanca no es suficiente, por sí mismo, para trasladar a la institución la responsabilidad por lo ocurrido en la red social.
La responsabilidad se reclama a los padres del menor condenado
El juzgado sí establece una responsabilidad civil derivada de los hechos respecto del menor condenado y sus progenitores.
El joven deberá indemnizar a la víctima con 1.500 euros por daño moral, una cantidad que el juez fija teniendo en cuenta, entre otras circunstancias, que la menor recibió tratamiento psicológico durante varios meses.
La responsabilidad civil corresponde solidariamente al menor y a sus padres, conforme al régimen establecido en la legislación de menores.
La Diputación Provincial de Salamanca queda, en cambio, absuelta de la responsabilidad civil reclamada.
Una condena y una absolución en el mismo procedimiento
La sentencia condena al primer menor a dos años de libertad vigilada, con obligación de participar en programas formativos de educación sexual y educación en igualdad, además de realizar 100 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad.
También se le prohíbe durante dos años acercarse a la menor a menos de 100 metros y comunicarse con ella por cualquier medio, incluidos los informáticos y telemáticos.
El mismo procedimiento afecta a otro menor, que finalmente resulta absuelto. En este segundo caso, el juez considera que no existe prueba suficiente para acreditar que fuera el titular o usuario de la cuenta de Instagram desde la que supuestamente se produjeron las conversaciones con otras dos menores.
La sentencia tampoco establece responsabilidad civil de la Diputación en relación con este segundo acusado.
El fallo no es firme y puede ser recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial de Salamanca en el plazo de cinco días.
La sentencia considera que no se pudo acreditar que el acusado manejara la cuenta de Instagram y tampoco ve pruebas suficientes sobre la segunda menor; los hechos atribuidos a esta última se sitúan fuera del ámbito de la Escuela Taurina
El joven deberá cumplir dos años de libertad vigilada, realizar 100 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad y tendrá prohibido acercarse o comunicarse con la menor durante dos años; además, deberá indemnizarla con 1.500 euros por daño moral
Por su parte, un motorista resultó herido en un accidente en Garcibuey en el que también se vio implicado un turismo








