El TSJ de Castilla y León declara improcedente el despido disciplinario de un empleado de la cadena de supermercados y le obliga a readmitirle o indemnizarle
Mercadona espió a un trabajador de baja con un detective y la Justicia desmonta su despido
El TSJ de Castilla y León declara improcedente el despido disciplinario de un empleado de la cadena de supermercados y le obliga a readmitirle o indemnizarle
La estrategia de Mercadona para justificar el despido de un trabajador en baja médica ha acabado volviéndose en su contra. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado improcedente el cese tras desmontar los argumentos de la empresa, que llegó a contratar a un detective privado para vigilar la vida cotidiana del empleado.
La sentencia, dictada el 9 de marzo de 2026 por la Sala de lo Social con sede en Valladolid, es contundente: las actividades que Mercadona utilizó como prueba -pasear al perro, recoger sus excrementos, hacer la compra o incluso conducir una motocicleta- no justifican en ningún caso un despido disciplinario.
De hecho, el fallo deja claro que la empresa basó su decisión en un informe de seguimiento que detallaba con minuciosidad los movimientos del trabajador durante dos días de enero de 2025. El documento, elaborado por un detective privado, describe escenas propias de la vida diaria: "pasear a su perro (de raza pequeña), recoger sus heces, realizar pequeñas compras, transportar bolsas de escaso volumen, acudir a una lavandería, manipular un teléfono móvil o conducir una motocicleta".
Sin embargo, el tribunal desmonta de raíz esa interpretación empresarial. "Ninguna de tales conductas permite inferir, por sí misma, la simulación de la situación de incapacidad temporal ni la realización de esfuerzos incompatibles", señala la resolución.
Más aún, la Sala subraya que no toda actividad durante una baja médica puede considerarse fraudulenta. "No basta con la constatación de la realización de determinadas actividades de la vida cotidiana", advierte, sino que es necesario acreditar que estas perjudiquen la recuperación o evidencien una capacidad laboral inexistente en este caso.
Pasear al perro
El origen del conflicto se sitúa en el centro logístico de Villadangos del Páramo (León), donde el trabajador -con más de una década de antigüedad- fue despedido tras un proceso de incapacidad temporal por artritis reumatoide. En primera instancia, el Juzgado de lo Social avaló el despido, dando validez al informe del detective. Pero el TSJ ha corregido ese criterio.
La sentencia es especialmente crítica con la falta de proporcionalidad de la medida empresarial. Recuerda que las limitaciones médicas del empleado estaban relacionadas con tareas específicas de su puesto -trabajo en frío, esfuerzos repetitivos o posturas mantenidas-, pero no impedían "realizar movimientos ocasionales de flexión, caminar, manipular objetos de forma puntual o desarrollar actividades cotidianas de escasa intensidad".
En otras palabras: pasear al perro no es incompatible con estar de baja.

Readmisión o 39.845 euros
El tribunal concluye que Mercadona no ha acreditado "un incumplimiento grave y culpable del trabajador", lo que convierte el despido en improcedente. Como consecuencia, la empresa deberá optar entre readmitir al empleado o indemnizarle con 39.845,25 euros.
Pese a la dureza del fallo, la Sala descarta la nulidad del despido al considerar que la empresa actuó apoyándose en una causa disciplinaria "identificable", aunque jurídicamente errónea.
El caso deja una imagen incómoda para Mercadona: la de una empresa poderosa que recurre a la vigilancia privada para controlar a un trabajador enfermo y que termina siendo desautorizada por la Justicia.
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