El Ayuntamiento sube hasta los 115.000 euros las subvenciones a asociaciones de participación social y voluntariado

Podrán participar en esta convocatoria los colectivos inscritos en el Registro Municipal de Entidades de Participación con al menos seis meses de antigüedad

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El Ayuntamiento sube hasta los 115.000 euros las subvenciones a asociaciones de participación social y voluntariado
Voluntariado juvenil.
El autor esManel Pacho
Manel Pacho
Lectura estimada: 2 min.

El Ayuntamiento de Salamanca inicia mañana el periodo de solicitud de ayudas económicas dirigidas a las asociaciones de participación social y voluntariado. Se destinará un presupuesto total de 115.000 euros, lo que supone un incremento de 15.000 euros en comparación con el año anterior, según la publicación de hoy en el Boletín Oficial de la Provincia.

Podrán optar a esta convocatoria las asociaciones y organizaciones inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación con una antigüedad mínima de seis meses, que mantengan sus datos actualizados en dicho Registro al momento de la publicación, y que estén al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con la Seguridad Social como con la Hacienda Local.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir de mañana. Deberán presentarse de forma exclusivamente electrónica en el Registro General del Ayuntamiento de Salamanca, junto con la documentación requerida en la convocatoria. Toda la información y documentación relevante estará disponible en la página web municipal www.aytosalamanca.es.

Se dará apoyo económico a aquellos proyectos que se desarrollen durante el año natural comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, y que tengan como finalidad promover la vida asociativa, crear espacios de intercambio de ideas, impulsar la participación ciudadana en los procesos participativos de la ciudad, mejorar la información, promover la igualdad, fomentar la integración social y mejorar la convivencia.

No se considerarán subvencionables aquellos proyectos que se presenten como una mera enumeración de actividades generales que la entidad pretende realizar, sin el detalle necesario para evaluar su relación con el presupuesto.

Además, se consideran gastos no subvencionables el material inventariable; actividades gastronómicas y gastos relacionados con comidas, bebidas y alimentación; desplazamientos y alojamientos, excepto los gastos de transporte incluidos en viajes culturales; cuotas periódicas de afiliación; gastos judiciales o de asesoramiento derivados de actividades de la asociación; entradas a espectáculos; impuestos y tasas (excepto los relacionados con la gestión de la asociación, certificado electrónico y obligaciones tributarias); y aquellos gastos no detallados en los programas objeto de ayuda económica o no directamente relacionados con la actividad subvencionada.

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