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Absuelto en Salamanca de agresión sexual a la hija de su expareja por falta de "verosimilitud del testimonio"
Los hechos se habrían producido en una fecha "inconcreta", si bien la entonces menor no denunció los hechos hasta nueve años después
La Audiencia Provincial de Salamanca ha absuelto a un hombre, de 55 años, del delito de agresión sexual a la hija de su expareja al carecer de la "credibilidad objetiva o verosimilitud del testimonio" de la joven.
Según recoge la sentencia, "esta sala no puede dar credibilidad a las declaraciones de la víctima sobre la agresión sexual", añadiendo que "no ha quedado suficientemente probada, por lo que no podemos afirmar que sea falso, pero tampoco, y esto es lo importante desde el punto de vista de un proceso penal, podemos afirmar que sea un dato de hecho verdadero y verificado en el presente proceso". El acusado se enfrentaba a una pena de prisión de hasta 15 años y a una indemnización de 30.000 euros.
Por su parte, en su escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Fiscal estimaba que los hechos no eran constitutivos de delito alguno, pidiendo la absolución del procesado con todos los pronunciamientos favorables, al igual que su defensa, que especificaba en las actuaciones que los hechos "son rotundamente falsos y nunca tuvieron lugar".
Tal y como recoge la sentencia, se consideran hechos probados que el acusado tuvo una relación sentimental con la madre de la menor -actualmente mayor de edad- entre los años 2009 y 2015-2016 la cual terminó "con reproches y denuncias entre ambos". La entonces menor pasaba algunos fines de semana con su madre y con la pareja de ésta.
Sin embargo, "no consta con la suficiente certeza que en una inconcreta ocasión sucedida sin saberse día ni mes y en el chalet, cuando la menor tenía 11 o 12 años y posiblemente en el año 2013, mientras la madre estaba trabajando en horario de mañana, pudiera haber sucedido que el procesado sometiese a la menor a tocamientos en sus genitales introduciéndole los dedos en su vagina y tocándole los pechos". La entonces menor "no le contó a su madre que ocurrieran hechos de esa naturaleza, ni consta probado que se lo contase a sus hermanas, y no denunció estos hechos a lo largo de los años venideros, sino hasta el 29 de diciembre de 2022", es decir, unos nueve años después.
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