Un turismo arrolló al varón cuando cruzaba por un paso de peatones en la Avenida de Salamanca
La Audiencia de Salamanca ratifica la condena a un osteópata por abusar de una paciente menor de edad
La defensa del condenado a dos años de prisión había solicitado la revisión tras la entrada en vigor de la Ley del 'solo sí es sí', la cual ha sido desestimada
La Audiencia Provincial de Salamanca ha ratificado la condena de dos años de prisión un osteópata por abusar de una paciente, menor de edad. Condena que había pedido ser revisada por la defensa del condenado tras la entrada en vigor de la Ley del 'solo sí es sí', revisión a la que se opuso tanto la acusación particular como el ministerio fiscal y que ahora también deniega la Audiencia Provincial.
Por lo tanto, la Audiencia Provincial ratifica la condena de dos años de prisión por un delito continuado de abuso sexual, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de osteópata durante el tiempo de la condena. Asimismo, el condenado tampoco podrá acercarse a la víctima, a su domicilio o a cualquier otro lugar en el que se encuentre en un radio inferior a 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medida durante 7 años. Una vez cumplida la pena de prisión, se impone la medida de libertad vigilada durante 2 años, al tiempo que fue condenado a pagar una indemnización de 3.000 euros.
Según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en abril de 2022, se consideró probado que el condenado, a finales de 2017, tras dar un masaje en su clínica ubicada en la capital salmantina, mandó a la víctima, menor de edad en el momento de los hechos, "mensajes solicitando fotografías de su escote a cambio de mandarle una fotografía de su torso. Al enviar el acusado dichas fotografías, la menor accedió a mandarle dos fotos suyas, una en la que se le veía el sujetador y otra prácticamente solo el cuello".
Días después, continúa la sentencia, "tras dar un masaje a la víctima en su clínica, con la intención de satisfacer su ánimo libidinoso, la abrazó y la besó en el cuello. Posteriormente, ese mismo día, le mandó mensajes preguntándole si le había gustado el masaje y lo que había pasado después, a lo que ella respondió bromeando que sí. Asimismo, con la intención de nuevo de satisfacer su líbido, le mandó otros mensajes para que accediera a un garaje cercano de su propiedad, donde al entrar la víctima cerró la puerta con llave y la guardó en su pantalón. Acto seguido, volvió a besarla en el cuello, así como en la boca y la metió la mano por debajo de la camiseta tocándole los pechos y el culo?.
Contra la resolución dictada ahora por la Audiencia de Salamanca en la que se niega la revisión de la condena cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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