Mantienen la condena por falsedad documental al impulsor de 'Peace City World' en Salamanca

Corrige la estafa, pero mantiene dos años de cárcel por falsedad documental en un contrato público

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Mantienen la condena por falsedad documental al impulsor de 'Peace City World' en Salamanca
El autor esTamara Navarro
Tamara Navarro
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta al exasesor municipal del Ayuntamiento de Salamanca José María Fuentes, impulsor del proyecto 'Peace City World', por un delito de falsedad documental relacionado con la presentación de documentación académica manipulada en un proceso de contratación pública.

El alto tribunal estima parcialmente el recurso presentado por su defensa, al considerar que el delito de estafa apreciado en primera instancia no puede calificarse como continuado. No obstante, la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación.

Fuentes fue contratado como asesor externo por una entidad municipal vinculada a la promoción económica y turística de Salamanca tras resultar adjudicatario de un proceso de licitación pública. Según la resolución judicial, aportó documentación falsificada para mejorar su puntuación en la baremación de méritos exigida en la convocatoria.

Entre los documentos presentados figuraba un justificante de pago de tasas universitarias para la expedición de una licenciatura en Economía por la Universidad de Salamanca, así como un certificado académico en el que se recogían asignaturas y calificaciones no superadas en realidad. Ambos documentos incluían firmas atribuidas a responsables académicos y fueron posteriormente considerados no veraces por la justicia.

La sentencia recoge que esta documentación fue elaborada con posterioridad a la adjudicación del contrato y presentada ante la entidad contratante cuando se le requirió acreditar sus méritos académicos. A raíz de ello, fue contratado como asesor especializado en proyectos estratégicos y captación de inversores internacionales, desempeñando su labor entre julio de 2020 y diciembre de 2022.

Durante ese periodo percibió un total de 135.090 euros en retribuciones. El Ayuntamiento de Salamanca y la sociedad municipal implicada en el procedimiento sostuvieron que los hechos constituían también un delito de estafa, al considerar que el contrato se obtuvo mediante engaño.

Sin embargo, el tribunal descarta esta calificación al entender que no concurre el perjuicio patrimonial necesario para el delito de estafa, al haber quedado acreditado que el acusado desarrolló efectivamente el trabajo para el que fue contratado.

La resolución judicial mantiene así la condena por falsedad documental, aunque introduce modificaciones parciales en relación con la consideración de delito continuado y aspectos de la imposición de costas procesales.

La sentencia no es firme y abre la puerta a un posible recurso ante el Tribunal Supremo.

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