La Junta concede ayudas de comedor a 295 familias salmantinas del primer ciclo de Infantil

Las subvenciones, que suman 144.265 euros en la provincia, forman parte de una partida autonómica de 748.628 euros para 1.519 familias

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La Junta concede ayudas de comedor a 295 familias salmantinas del primer ciclo de Infantil
Comedor escolar. (Foto archivo)
El autor esIsabel Andrés Rodríguez
Isabel Andrés Rodríguez
Lectura estimada: 2 min.

La Consejería de Educación ha resuelto las ayudas de comedor escolar para los alumnos del primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2024-2025, que ha beneficiado a un total de 295 familias de Salamanca, que se repartirán 144.265 euros. Esta resolución puede consultarse en el tablón de anuncios de la dirección provincial.

En total, el Ejecutivo autonómico ha destinado 748.628 euros para beneficiar a 1.519 familias de la Comunidad. Esta subvención está destinada al alumnado escolarizado en centros gestionados por entidades locales o privados adheridos a la oferta gratuita para cursar el primer ciclo de Infantil, es decir, para alumnos de 0 a 3 años. De esta línea de ayudas, no se benefician las familias cuyos hijos estén matriculados en los centros públicos gestionados por la Consejería de Educación, que ya disfrutan de su propio régimen de ayudas.

En concreto, la cuantía máxima de la ayuda por alumno es de 785,81 euros. Esta cantidad se corresponde con la multiplicación del precio medio diario del alumnado habitual -4,39 euros- por 179 días.

Han recibido el 100% de la ayuda el alumnado que pertenece a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el periodo impositivo inmediatamente anterior no exceda dos veces el IPREM, aquellos que se encuentran en situación de acogimiento, el perteneciente a familias numerosas de categoría especial, víctima de violencia de género o de terrorismo y el que posee un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Asimismo, han tenido derecho al 75% de la ayuda el alumnado perteneciente a unidades familiares en las que la suma de los ingresos no exceda dos veces y media el IPREM anual; y al 50%, aquellos cuya familia no sobrepase tres veces el IPREM anual y los pertenecientes a familias numerosas de categoría general.

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