Las futuras balsas ganaderas en las zonas de Salamanca afectadas por los incendios comienzan a tomar forma

El proyecto permitirá reforzar el abastecimiento de agua para la ganadería extensiva y mejorar la prevención de incendios

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Las futuras balsas ganaderas en las zonas de Salamanca afectadas por los incendios comienzan a tomar forma
Ganado vacuno.
El autor esManel Pacho
Manel Pacho
Lectura estimada: 2 min.
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Los alcaldes de Villar de Peralonso, Cipérez, Espadaña, Villaseco de los Reyes, Puertas, Tremedal de Tormes y Peralejos de Arriba se han reunido este miércoles con el director general de Desarrollo Rural, Jorge Izquierdo, y el delegado territorial de la Junta en Salamanca, Eloy Ruiz. El motivo, conocer el proyecto de construcción de balsas destinadas al abastecimiento ganadero.

Durante el encuentro se ha detallado el procedimiento habilitado por la Junta de Castilla y León para que los ayuntamientos afectados por los grandes incendios del verano manifiesten su interés en disponer de estas infraestructuras, mediante un  formulario disponible  en la web institucional hasta el próximo 31 de octubre. 

Las solicitudes deberán ir acompañadas de un acuerdo plenario que respalde la iniciativa y ponga a disposición de la Junta los terrenos donde sea viable ejecutar la construcción.

Esta actuación forma parte de la medida 23 de los compromisos incluidos en el Plan de Recuperación de los municipios afectados por los incendios, que contempla la construcción de balsas siguiendo un modelo estándar, con una capacidad máxima de 12.000 metros cúbicos y dotadas de impermeabilización y revegetación de taludes para garantizar su durabilidad y funcionalidad.

El director de Desarrollo Rural ha subrayado que estas infraestructuras permitirán garantizar el suministro de agua a explotaciones ganaderas en régimen extensivo y, al mismo tiempo, reforzar la capacidad de respuesta ante los incendios. Asimismo, se ha recordado que los municipios interesados deben contar con explotaciones ganaderas registradas en el REGA y cumplir los criterios de superficie mínima de pastizal y forestal arbustiva o arbolada para poder acogerse a esta medida.

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