La tasa se sitúa en 317,9 por 100.000 habitantes, solo superada por Asturias
La Junta revisa al alza con pequeñas variaciones las tarifas de los servicios interurbanos de taxi para 2024
Los precios máximos por kilómetro recorrido o fracción serán de 0,66 euros y de 0,76 en horario nocturno, sábados, domingos y festivos
La Dirección General de Transportes y Logística, dependiente de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, ha revisado al alza, pero con pequeñas variaciones, las tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros por carretera en vehículos de turismo. Así lo recoge la orden que se aplicará a partir del 1 de enero y que publica este viernes el Boletín Oficial de Castilla y León.
En concreto, las tarifas máximas, que incluyen toda clase de impuestos, por kilómetro recorrido o fracción serán de 0,66 euros, frente a los 0,65 de este año, mientras en horario nocturno, sábados, domingos y festivos será de 0,76, frente al 0,75 actual. Además, por hora de espera será de 15,6, frente al 15,5 de este ejercicio y en horario nocturno, sábados, domingos y festivos de 18,8 euros (18,7 euros). También el mínimo de percepción se fija en 3,95 euros, mientras en horario nocturno, sábados, domingos y festivos será de cinco euros (4,95 euros).
Esta tarifa se aplicará a los servicios nocturnos que se presten entre las 23 horas y las 7 horas en días laborables; a los servicios que se presten los sábados desde las 16 a las 24 horas; y a los servicios que se presten los domingos y festivos desde la medianoche hasta las 24 horas.
La percepción del tiempo de espera se hará por fracciones indivisibles de tiempo de 15 minutos, a razón de 3,90 euros por cada fracción. Durante el transcurso de la primera hora, el usuario tendrá derecho a disponer gratuitamente de un tiempo de espera de 15 minutos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de Alzada ante la Consejera de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes contado desde el siguiente a la notificación de la misma.
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