Tres años de cárcel para dos hombres por vender droga al menudeo desde una vivienda de Salamanca
La Audiencia les impone también una multa de 2.007 euros a cada uno por distribuir cocaína, MDMA, hachís y marihuana. Han sido absueltos del delito de tenencia ilícita de armas
La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a dos hombres a tres años de prisión cada uno por un delito contra la salud pública, tras reconocer los hechos y alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. La sentencia, fechada el 30 de septiembre de 2026, considera probado que ambos vendían distintas sustancias estupefacientes al menudeo desde una vivienda de la capital salmantina.
Según recoge la resolución judicial, la actividad se desarrollaba al menos desde mayo de 2025. Los dos condenados utilizaban un inmueble, que constituía la residencia habitual de uno de ellos y temporal del otro, para suministrar drogas a las personas que acudían a comprarlas.
Las vigilancias policiales detectaron la llegada de personas que permanecían pocos minutos en la vivienda o sus inmediaciones antes de marcharse. Durante el registro del inmueble, realizado el 3 de septiembre de 2025, los agentes encontraron cocaína, MDMA, hachís y marihuana, además de una báscula de precisión, recortes de plástico y otros objetos relacionados con la manipulación de las sustancias.
Entre lo incautado figuraban más de 270 gramos de cannabis en cogollos, distintas cantidades de resina de cannabis y varios envoltorios con cocaína y MDMA. También se hallaron sustancias de corte y una defensa eléctrica tipo táser.
La resolución establece que las drogas intervenidas estaban destinadas a la venta a terceras personas.
Tres años de prisión y una multa de más de 2.000 euros
La condena impone a cada acusado tres años de prisión y una multa de 2.007,81 euros. En caso de impago, la sentencia fija una responsabilidad personal subsidiaria de cinco días. Ambos deberán abonar, además, una cuarta parte de las costas del procedimiento cada uno.
Los dos hombres reconocieron los hechos en la audiencia preliminar celebrada el 30 de septiembre, después de que la Fiscalía modificara su acusación. El Ministerio Público retiró el delito de tenencia ilícita de armas al considerar el funcionamiento incorrecto de la defensa eléctrica intervenida y redujo las penas solicitadas inicialmente.
Por este motivo, la Audiencia Provincial los absolvió del delito de tenencia ilícita de armas, aunque acordó el decomiso y la destrucción de los objetos y las sustancias incautadas.
Pendiente de resolver la suspensión de la pena
La sentencia recoge que ambos condenados eran consumidores de drogas en el momento de los hechos. Sus defensas solicitaron la suspensión de la ejecución de las penas de prisión y la Fiscalía informó favorablemente a esta posibilidad, condicionada a que se sometan a un tratamiento de desintoxicación.
No obstante, la suspensión todavía no ha sido concedida: el tribunal señala que resolverá esta petición durante la fase de ejecución de la sentencia, una vez recabada la información actualizada sobre sus antecedentes penales.
La resolución es firme, ya que todas las partes manifestaron su voluntad de no recurrirla.








