El Colegio de Psicología de Castilla y León expulsa a un colegiado de Salamanca condenado por abusos sexuales

La sanción implica la inhabilitación para ejercer y la imposibilidad de volver a colegiarse en España y la Unión Europea

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El Colegio de Psicología de Castilla y León expulsa a un colegiado de Salamanca condenado por abusos sexuales
El autor esTeresa Sánchez
Teresa Sánchez
Lectura estimada: 2 min.

El Colegio Oficial de Psicología de Castilla y León ha acordado la expulsión definitiva de un psicólogo colegiado en Salamanca tras su condena por un delito de abusos sexuales a una paciente. La decisión, adoptada por unanimidad en una reunión extraordinaria de su Junta de Gobierno, supone la sanción más grave contemplada en su régimen disciplinario.

La medida llega después de que, el pasado mes de febrero, el colegio tuviera conocimiento de la denuncia penal presentada por la víctima. A raíz de ello, la Comisión Deontológica abrió un expediente disciplinario por una infracción de las normas básicas del código ético profesional, un proceso que ha culminado ahora con la propuesta de expulsión ratificada por la dirección del organismo.

Con esta resolución, el COPCYL impone la expulsión definitiva del colegiado, lo que en la práctica implica su inhabilitación para ejercer la psicología, al tratarse de una profesión de colegiación obligatoria. Además, la sanción le impide volver a colegiarse tanto en España como en cualquier otro país de la Unión Europea, según recoge la normativa profesional aplicable.

El colegio profesional ha subrayado la gravedad de los hechos y ha reiterado que la práctica de la psicología debe regirse por la protección de la salud, el bienestar y la dignidad de los pacientes. En este sentido, la institución ha recalcado que la defensa del paciente es el principio esencial que guía la actuación de los profesionales y de los órganos encargados de velar por la ética del sector.

Una vez notificada la decisión, el sancionado dispone de un plazo de un mes para presentar un recurso de alzada ante el Consejo General de la Psicología de España o de dos meses para recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

La expulsión, considerada excepcional dentro del ámbito colegial, marca un precedente disciplinario de máxima severidad en la respuesta del sistema profesional frente a conductas que vulneran gravemente la ética y la confianza en el ejercicio de la psicología.

 

 

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