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Ratificada la condena de siete años de prisión para un hombre por violar a su esposa en Salamanca
El TSJCyL desestima los recursos de ambas partes y considera probado que el agresor se valió de su superioridad física para cometer el delito
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia de siete años de prisión impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual con penetración y un delito leve de daños cometidos contra su esposa en Salamanca, dentro del domicilio en el que convivían con tres hijos. La resolución judicial ratifica que el condenado aprovechó el contexto de convivencia y su superioridad física para consumar la agresión en la cocina de la vivienda común.
En la resolución de los recursos, los magistrados han sido contundentes al rechazar la solicitud de absolución de la defensa, que alegaba falta de pruebas. El tribunal determina que el testimonio de la víctima no solo es coherente y persistente, sino que cuenta con una corroboración objetiva determinante: una serie de mensajes de texto en los que el propio agresor admitía los hechos tras su comisión.
Por otro lado, la sala también ha desestimado el recurso de la acusación particular, que solicitaba un agravamiento de la pena al considerar que existió violencia física explícita. El tribunal ha optado por mantener la calificación original basada en la ausencia de consentimiento, descartando modificar la cuantía de la pena privativa de libertad.
Además de los siete años de cárcel, la sentencia firme impone una serie de medidas severas destinadas a garantizar la seguridad de la víctima y la reparación del daño. Por un lado orden de alejamiento con prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio o a su lugar de trabajo a menos de 500 metros durante un periodo de 8 años; prohibición estricta de contactar con ella por cualquier medio durante el mismo plazo; libertad vigilada: Una vez cumplida la pena de prisión, el condenado estará bajo supervisión judicial durante 5 años inhabilitación absoluta durante el tiempo que dure la condena.
Respecto al delito leve de daños, la pena se ha saldado con una sanción económica en forma de multa. Con esta resolución, el TSJCyL cierra la puerta a las pretensiones de la defensa y reafirma la validez de las pruebas presentadas durante la instrucción y el juicio oral.
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