La dualidad de la conducción en Salamanca: caen los positivos por conducir bajo el efecto del alcohol, pero suben los de droga

Los positivos por haber consumido bebidas alcohólicas descienden en el global de Castilla y León

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La dualidad de la conducción en Salamanca: caen los positivos por conducir bajo el efecto del alcohol, pero suben los de droga
Control de la Guardia Civil de Salamanca.
El autor esManel Pacho
Manel Pacho
Lectura estimada: 3 min.

La situación de las denuncias en asuntos relacionados con la conducción ha variado en los últimos años en las carreteras salmantinas. Si bien hace una década el número de denuncias por conducir bajo los efectos del alcohol llevaban la delantera de manera considerable respecto a la conducción bajo los efectos de las drogas, el cierre del año 2024 mostró un cambio de tendencia.

Las sanciones tramitadas por la DGT por positivos por alcohol han pasado de las 613 del 2015 a las 472 del 2024. Una reducción del 23,1% y que choca con la tendencia de las sustancias estupefacientes, puesto que en el caso de este ámbito las denuncias han aumentado potencialmente.

Por contra, este tipo de denuncias han pasado de ser 284 a 451, un aumento del 58,8%. Una tendencia al alza y que roza con el número de positivos por alcohol, una situación que se replica en toda Castilla y León y que muestra el aumento del consumo de este tipo de sustancias. 

Por provincias, León se situó en cabeza el pasado año tanto en positivo por drogas, con 1.369, como en alcohol con 1.273. En drogas, tras la provincia leonesa se sitúa Ávila (1.184), por delante de Segovia (910), Palencia (665), Burgos (652), Valladolid (632), Zamora (592) y Soria (481). En cuanto a los positivos por alcohol, después de León aparece la provincia de Segovia, con 845, Valladolid (721), Burgos (621), Zamora (431), Palencia (382), Ávila (375) y Soria (266).

Desde los años sesenta la DGT viene realizando campañas de concienciación y de control contra el alcohol al volante. En 1973 se fijó la tasa de alcoholemia (0,8 gramos por litro) máxima para conducir, que se rebajó en 1989 al 0,5. En 1979 comenzaron a realizarse controles de alcohol en accidentes e infracciones y en 1981 se comenzó a hacer controles de alcoholemia preventivos en carretera a los conductores. Respecto a los test de drogas, los primeros llegaron en 2010. Desde la implantación de ambos, su número ha ido aumentado y en la actualidad la DGT se ha marcado como objetivo realizar 30.000 pruebas diarias en las carreteras españolas.

En 2023, último año con datos consolidados 246 personas fallecieron en siniestros de tráfico donde el alcohol fue un factor concurrente, lo que representa el 26 por ciento de los siniestros mortales. Además, el alcohol estuvo presente en el 13 por ciento del total de siniestros registrados. Estas cifras lo convierten en la segunda causa de siniestralidad vial, solo por detrás de las distracciones y por delante de la velocidad.

Diferencias entre infracción o delito

Existe una línea delgada entre infracción y delito. Conducir con más de 0,25 mg/litro y hasta 0,50 mg/l en aire aspirado, conlleva una sanción económica de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos, mientras que si la tasa supera los 0,50 mg/l la multa llega a los 1.000 euros y los seis puntos. En el caso de superar los 0,60 mg/l, pasa a ser un delito que lleva asociado una pena de prisión de tres a seis meses y la retirada del carné de conducir de uno a cuatro años.

Por su parte, un positivo por drogas conlleva una multa de mil euros y la pérdida de seis puntos. No obstante, si durante el control los agentes observan un influencia clara de las drogas en el conductor y signos externos de su consumo, puede levantar un acta que luego se remite a la Fiscalía para iniciar la vía judicial.

Además negarse a someterse a las pruebas, por lo que el pasado año fueron sancionados en las carreteras de la Comunidad 94 personas, es un delito que conlleva, tanto en alcohol como en drogas, prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial de 2022, la tasa de alcohol para los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo (ciclomotor, patinetes eléctricos, bicicletas…) es cero. En el caso de los profesionales la tasa de alcohol permitida es de 0,15 mg/l en aire aspirado. Sin embargo, desde el 6 de julio de 2022 ya es obligatoria la incorporación de alcoholímetros antiarranque en todos los vehículos de transporte de viajeros .

 

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