El Ayuntamiento de Salamanca reclama más documentación al Gobierno, porque la que han presentado es "insuficiente" para conceder el permiso de obra
Medio Ambiente declara la plaga de este insecto en la provincia Salamanca
La orden publicada este viernes prohíbe mantener madera cortada, o restos, en todos los pinares de 93 municipios ante el incremento de escolítidos Ips sexdentatus
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara la plaga de escolítidos Ips sexdentatus en la provincia de Salamanca y adopta medidas fitosanitarias necesarias para su control. Estos insectos pueden desarrollar hasta cinco generaciones anuales y posee una capacidad reproductora tal que multiplica el número de individuos por 20 en cada generación, habiéndose detectado a lo largo del verano y otoño numerosos focos de plaga, según indica en una orden que publica este viernes el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) y recoge EFE.
Asimismo, explica que entre las causas que han favorecido el incremento de las poblaciones de estos insectos y la propagación de la plaga cabe destacar los periodos de sequía extrema y continuada y los golpes de calor reiterados que han sometido a la vegetación a un estrés hídrico. Además aludió a la permanencia de "gran cantidad" de madera de coníferas afectada por los incendios forestales de 2022, que asolaron más de 10.000 hectáreas en la provincia y que deja en notable desventaja estas masas de coníferas.
De esta forma, Medio Ambiente obliga a todos los propietarios de montes que estén poblados por pinos en los términos municipales indicados de la provincia de Salamanca, que observen focos de Ips sexdentatus en sus montes, a tomar las medidas de control establecidas, están obligados a dar cuenta inmediata de ello al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca y a facilitar en todo momento la actuación de la Administración en los terrenos de su propiedad. Esta obligación se extiende a gestores de estos montes y a los titulares de aprovechamientos forestales.
Además, se prohíbe mantener madera cortada, o restos, en todos los pinares del ámbito territorial de aplicación de la orden, durante el periodo de tiempo comprendido entre la entrada en vigor de la orden y el 30 de noviembre y en adelante desde el 1 de marzo al 30 de noviembre de cada año hasta que esté vigente la declaración de plaga.
Términos municipales de la provincia de Salamanca afectados por la orden
Aldeanueva de la Sierra
Agallas
Aldeacipreste
Aldehuela de Yeltes
Béjar
Candelario
Cantagallo
Carpio de Azaba
Casillas de Flores
Castillejo de Martín Viejo
Cepeda
Cereceda de la Sierra
Cilleros de la Bastida
Ciudad Rodrigo
Colmenar de Montemayor
Cristóbal
El Bodón
El Cabaco
El Cerro
El Maíllo
El Payo
El Sahugo
El Tornadizo
Endrinal
Escurial de la Sierra
Espeja
Fresnedoso
Fuenteguinaldo
Fuenterroble de Salvatierra
Garcibuey
Guijuelo
Herguijuela de la Sierra
Herguijuela de Ciudad Rodrigo
Horcajo de Montemayor
La Alberca
La Alberguería de Argañán
La Atalaya
La Bastida
La Calzada de Béjar
La encina
La Hoya
La Rinconada de la Sierra
Lagunilla
Las Casas del Conde
Linares de Riofrío
Los Santos
Madroñal
Martiago
Miranda del Castañar
Mogarraz
Molinillo
Monforte de la Sierra
Monleón
Monsagro
Montemayor del Río
Morasverdes
Narros de Matalayegua
Nava de Francia
Navacarros
Navalmoral de Béjar
Navarredonda de la Rinconada
Navasfrías
Pastores
Peñacaballera
Peñaprada
Peromingo
Pinedas
Puebla de Yeltes
Puerto de Béjar
Robleda
Saelices el Chico
San Esteban de la Sierra
San Martín del Castañar
San Miguel de Valero
San Miguel del Robledo
Sanchotello
Santibáñez de la Sierra
Sequeros
Serradilla del Arroyo
Serradilla del Llano
Sorihuela
Sotoserrano
Tamames
Tenebrón
Valdefuentes de Sangusín
Valdehijaderos
Valdelageve
Valero
Vallejera de Riofrío
Villanueva del Conde
Villar de Ciervo
Villasrubias
Zamarra
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