El TSJCyL confirma 6 años de prisión para un hombre por colaborar con la prostitución en un piso de Salamanca

Condenado como cómplice, ya que no participó directamente en la captación de mujeres en China; también se condena a una mujer a 4 años y medio por prostitución coactiva

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El TSJCyL confirma 6 años de prisión para un hombre por colaborar con la prostitución en un piso de Salamanca
Foto de archivo del TSJCyL
El autor esIsabel  Rodríguez
Isabel Rodríguez
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Salamanca que condenó a un hombre a penas que suman seis años de prisión por dos delitos de trata de seres humanos en concurso medial con dos delitos de prostitución coactiva y a una mujer a cuatro años y medio por dos delitos de prostitución coactiva, recoge Efe. 

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha desestimado así el recurso presentado por la defensa del encausado y ha confirmado íntegramente la resolución judicial de primera instancia.

El tribunal autonómico ha considerado acreditado que el procesado colaboró durante varios años con la prostitución desarrollada en un piso, aunque no participó directamente en la captación de las mujeres en China, por lo que fue condenado como cómplice y no como autor.

Según los hechos probados, en la vivienda se explotaba sexualmente a mujeres chinas que habían llegado a España con la promesa de realizar otros trabajos.

Las dos víctimas llegaron en 2024 después de que se les ofrecieran empleos relacionados con la estética y la hostelería, pero una vez en Salamanca fueron prostituidas.

Las mujeres debían permanecer disponibles para los clientes durante las 24 horas del día, solo podían salir de la vivienda alrededor de una hora diaria y eran vigiladas mediante cámaras instaladas en el inmueble.

La actividad generó, según la resolución, ingresos próximos a los 180.000 euros durante 2023, con algunos meses en los que se superaron los 23.000 euros.

El tribunal ha considerado probado que el condenado conocía que había mujeres prostituidas en la vivienda y colaboraba en su funcionamiento, por lo que rechaza que fueran simples favores a su pareja - declarada en rebeldía -, recoge Efe. 

También confirma la condena de la otra acusada a dos años y tres meses por cada delito de prostitución coactiva y la absolución de los dos procesados por los delitos de drogas.

Entre los argumentos de la Sala para rechazar el recurso del procesado figura la valoración conjunta efectuada por la Audiencia, que no se construye sobre un único dato aislado, sino sobre una pluralidad de elementos concurrentes que, apreciados en su conjunto, permiten inferir racionalmente que el acusado conocía la actividad desarrollada en el inmueble.

Además, esos elementos suponen que las actuaciones realizadas por el procesado favorecían objetivamente su mantenimiento y funcionamiento de la actividad de explotación sexual que allí se desarrollaba.

"Por ello, no se aprecia error patente, irracionalidad ni insuficiencia probatoria que justifique la revocación de la condena por los delitos de prostitución coactiva", sostiene el TSJCyL. 

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