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La Junta mantiene siete días más las restricciones tanto en Valladolid como en Salamanca
El nuevo plazo previsto, de siete días como máximo, entrará en vigor a partir de las 00 h del jueves, 17 de septiembre.
La Consejería de Sanidad mantendrá, durante otro plazo inicialmente fijado en siete días, las medidas sanitarias preventivas para la contención de la pandemia de la COVID-19 vigentes en los municipios de Salamanca y de Valladolid.
Así se lo ha trasladado la responsable sanitaria autonómica a los alcaldes de ambas capitales castellanas y leonesas, el salmantino Carlos García Carbayo y el vallisoletano Óscar Puente Santiago, con quienes Verónica Casado Vicente se ha reunido durante esta tarde.
También el alcalde de León, José Antonio Díez Díaz, ha participado en esta evaluación sanitaria autonómica y municipal al respecto de la evolución de la situación epidemiológica y asistencial por la COVID-19 en la capital leonesa.
En el caso del municipio leonés, ambos responsables han constatado la preocupación por el aumento de casos, de manera que ha quedado de manifiesto la necesidad de incidir y reforzar las medidas preventivas generales, con el fin de evitar la adopción de acciones de contención más severas.
El Boletín Oficial de Castilla y León publicará mañana sendas órdenes mediante las que se prorrogan las acciones de contención y que la Administración autonómica someterá a una ratificación judicial tanto en su literalidad como plazo, dando así continuidad a la actuación preventiva ya vigente.
El nuevo plazo previsto, de siete días como máximo, entrará en vigor a partir de las 00 h del jueves, 17 de septiembre, lo que posibilitará continuar con la actual contención sanitaria en las dos capitales castellanas y leonesas por la pandemia causada por el virus SARS-CoV-2, al vista de que los actuales datos sanitarios no presentan mejoría en los contagios y sí una mayor presión asistencial.
La Junta, a la vista de los informes de seguimiento de la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria en ambos municipios, adopta esta decisión tendente a limitar las agrupaciones personales en el desarrollo de cualquier actividad o evento, ya sea familiar o social, en la vía pública o en espacios de uso público o privados, con el fin de controlar la transmisión de la enfermedad y evitar nuevos contagios y brotes de la COVID-19, ingresos hospitalarios y fallecimientos.
Estas acciones de contención son objeto continuo de seguimiento y evaluación, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria, correspondiendo a la Autoridad sanitaria su posible mantenimiento, así como la modificación o la cesación de las actuaciones previstas.
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