Casco obligatorio y nada de aceras: así es la nueva regulación de patinetes que entra en vigor en Peñaranda

La nueva ordenanza municipal se aplicará desde este viernes, aunque la Policía Local realizará una campaña informativa durante el primer mes

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Casco obligatorio y nada de aceras: así es la nueva regulación de patinetes que entra en vigor en Peñaranda
Foto de archivo de un joven en patinete.
El autor esIsabel Andrés Rodríguez
Isabel Andrés Rodríguez
Lectura estimada: 3 min.

Este viernes, 23 de enero, entrará en vigor en Peñaranda de Bracamonte la ordenanza municipal que regula el uso de Vehículos de Movilidad Personal en el municipio, una normativa que incluye algunas novedades con el objetivo de establecer normas de circulación, seguridad y convivencia en las vías y espacios públicos de la localidad.

Entre estas medidas destaca la obligatoriedad de circular lo más próximo a la derecha de la vía, dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados, por lo que queda prohibida la circulación por aceras, paseos peatonales y cualquier otra zona destinada exclusivamente al tránsito peatonal, por andenes, paseos, jardines, zonas arboladas, fuentes y otras partes de la vía destinadas al ornato y decoro de la ciudad y en todos los parques públicos y zonas verdes del municipio, entre los que se encuentran el Parque de la Huerta, el Parque de los Jardines, el Parque del Inestal, el Paseo del Polideportivo y el Parque Clara Campoamor.

Además, fija la edad mínima para conducir este tipo de vehículos en los 14 años; la prohibición de circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas reglamentariamente, ni con presencia de drogas; no pueden ir ocupados por más de una persona; es obligatorio utilizar el casco de protección homologado para estos vehículos, y no podrán utilizar auriculares, teléfono móvil u otro tipo de dispositivos incompatibles con la conducción; en condiciones de visibilidad reducida o de noche, será obligatorio el uso de un chaleco reflectante por parte del conductor del VMP; y deberán contar un timbre o dispositivo sonoro para alertar a otros usuarios de la vía.

En cuanto al seguro, será obligatorio para los patinetes de más de 25 kilos y con velocidad superior a 14 kilómetros por hora, mientras que el resto tendrán que estar pendiente de que la DGT finalice su registro. 

Finalmente, los patinetes deberán estacionarse en los espacios habilitados para ello, tales como aparcamientos para bicicletas o zonas designadas específicamente para ellos, aunque se permite su estacionamiento en aceras siempre que quede un espacio de paso superior a 1,5 metros para el paso de peatones. Sin embargo, queda prohibido estacionar en accesos a edificios o cualquier lugar que obstaculice el tránsito peatonal o de vehículos y amarrar los patinetes a arbolado, farolas, semáforos, señales verticales y otros elementos de mobiliario urbano, así como en las fachadas de edificios. Los VMP que se encuentren estacionados de manera indebida podrán ser retirados por los servicios municipales. 

La ordenanza, que se puede consultar en la web del Ayuntamiento, recoge también las características que deben tener los VMP y recuerda que los vehículos comercializados hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir de dicha fecha solamente podrán hacerlo los VMP que cuenten con la certificación, mientras que todos los patinetes comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deberán estar certificados para su uso.

Las infracciones serán sancionadas en función de la gravedad con multas de 80 euros para las leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves. En este sentido, desde la Policía Local han explicado que durante el primer mes de funcionamiento de esta nueva normativa los agentes realizarán una campaña informativa y de apercibimiento.

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