Este es el calendario del deporte salmantino para estos días
La sanción a la que se enfrenta el aficionado que protagonizó el escupitajo en el Unionistas-Celta B
Aunque el incidente está recogido en el acta e irá al Comité de Competición, Unionistas puede librarse de una sanción grave más allá de una advertencia o multa
La tarde del pasado sábado no será de las que se recuerden como propicias en la historia de Unionistas de Salamanca. Además de la derrota por 0-2 frente al Celta Fortuna el encuentro se vio empañado por un incidente en la grada del Reina Sofía que quedó reflejado en el acta arbitral y que ahora habrá que ver si tiene consecuencias disciplinarias.
El acta del colegiado recoge que "una vez finalizado el encuentro, encontrándome ya en el vestuario arbitral, un oficial de las fuerzas del orden público presentes en la instalación me comunicación que han procedido a la identificación y detención de un aficionado local con el objeto de instruir denuncia por un incidente ocurrido en los instantes finales del encuentro.
Según me transmite dicho agente, el aficionado escupió desde la grada donde se encontraba a un miembro del equipo visitante situado en las inmediaciones de su área técnica, cuando en el encuentro se encontraba en el tiempo de prolongación de la segunda parte. El banquillo visitante está situado justo a continuación de la grada donde se encontraba el aficionado. Dicho incidente no conllevó la detención del partido el cual pudo continuar con normalidad"
Al estar recogido en el acta, el caso pasará al Comité de Competición de la RFEF, que deberá valorar si el club incurrió en alguna responsabilidad conforme al Código Disciplinario de la Federación.
El artículo 101 de dicho reglamento establece que los clubes pueden ser sancionados "cuando los espectadores, actuando con manifiesta negligencia del organizador, profieran insultos, amenazas o realicen actos violentos contra jugadores o árbitros". Sin embargo, cuando el comportamiento es aislado y el club mantiene el control del recinto, las sanciones suelen limitarse a una advertencia o multa económica leve, que oscila entre 300 y 3.000 euros.
Fuentes jurídicas consultadas apuntan a que Unionistas de Salamanca podría enfrentarse únicamente a una sanción simbólica o una advertencia, dado que el incidente fue protagonizado por una sola persona identificada, la Policía actuó de inmediato, sin que se produjera alteración del orden y el resto de la grada mostró un comportamiento ejemplar, rechazando los hechos.
Desde el club, Unionistas de Salamanca ha condenado el incidente y reiterado su compromiso con el respeto y el juego limpio, agradeciendo a su afición "la actitud ejemplar y la rápida reacción" que ayudó a controlar la situación. Todo apunta a que, en este caso, la intervención inmediata y el rechazo generalizado del comportamiento evitarán que el incidente tenga consecuencias mayores para la entidad.
Sanción individual al aficionado
Más allá del ámbito federativo, el implicado sí se enfrenta a una sanción administrativa por alteración del orden público en un recinto deportivo, conforme a la Ley del Deporte y la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte.
Estas sanciones pueden incluir multas económicas y la prohibición de acceso a recintos deportivos por un periodo de entre seis meses y dos años, dependiendo de la valoración de la Delegación del Gobierno.








