01/07/2026
Piden al Gobierno que declare "afectadas gravemente" las zonas dañadas por la borrasca Juan
La citada declaración depende del Consejo de Ministros, comprendería comarcas de Ávila, Salamanca, Segovia, Soria y Valladolid y permitiría aprobar medidas de ayuda
El río Tormes, crecido tras el temporal.
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La Junta de Castilla y León ha pedido al Gobierno de España la declaración de "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" a las comarcas de las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia, Soria y Valladolid afectadas por la borrasca Juan. Según la Junta, concurren las circunstancias para pedir la citada declaración, que permite a su vez adoptar ciertas medidas en pro de las zonas afectadas, como indemnizaciones por daños en viviendas o sobre las personas, entre otras.
El Ejecutivo regional declaró la alerta el pasado 18 de enero motivada por la entrada de la borrasca Juan por el suroeste de la Comunidad a partir de la madrugada del día 19. Junto a la nieve, se preveían lluvias intensas en forma de lluvia en el Sistema Central y sur de Castilla y León, que darían lugar a episodios de avenidas en los cauces en los siguientes días.
La Agencia de Protección Civil y Emergencias declaraba el fin de la alerta el día 22 de enero. En ese corto periodo de tiempo, las nevadas y las precipitaciones provocaron desbordamientos e inundaciones en Ávila, Salamanca, Segovia, Soria y Valladolid.
Según la Junta, "concurre en estas provincias la circunstancia de catástrofe definida en el artículo 2 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, como una situación o acontecimiento que altera o interrumpe sustancialmente el funcionamiento de una comunidad o sociedad por ocasionar gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales, cuya atención supera los medios disponibles de la propia comunidad".
Esta ley prevé que, cuando se produzca una emergencia cuya magnitud requiera para su recuperación la intervención de la Administración General del Estado, "se aplicarán las medidas recogidas en su capítulo V, previa declaración de la misma de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 23. Según el apartado 1 de este artículo, la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil podrá ser solicitada por las administraciones públicas interesadas", en este caso la Junta.
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